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En rescate del esfuerzo honesto de pagar menos (o no tantos) impuestos

El Cronista ·

¿Es legítimo que un contribuyente ordene sus inversiones para pagar menos impuestos? La pregunta vuelve a estar sobre la mesa a partir de un reciente dictamen de la Procuración General de la Nación en la causa “Lutz, Juan Jacobo c/ DGI”. La discusión no es nueva. En 1958, la propia Corte estableció que “no es reprensible el esfuerzo honesto del contribuyente para limitar sus impuestos al mínimo legal”. La dificultad aparece al momento de determinar dónde termina esa planificación fiscal legítima. El caso es sencillo. Un contribuyente tenía ahorros en un fondo de inversión del exterior. En noviembre de 2007, los utilizó para comprar bonos del Estado austríaco que, por el convenio para evitar la doble imposición vigente entonces, no estaban alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales. Los bonos vencieron en enero de 2008 y el dinero volvió a colocarse en inversiones de corto plazo. A fin de ese año, repitió la operación. Nada se ocultó: los movimientos quedaron documentados en los extractos bancarios que el propio contribuyente entregó al fisco. Sin embargo, la autoridad fiscal entendió que había existido una maniobra para evitar el pago del impuesto. Tanto el Tribunal Fiscal como la Cámara respaldaron esa posición, entre otras razones porque los bonos habían sido adquiridos poco antes del 31 de diciembre y vencían pocas semanas después. La cuestión llegó a la Corte Suprema, que todavía no dictó sentencia. Antes de resolver, dio intervención a la Procuración General. Su dictamen, que no es vinculante, propone revocar la decisión de la Cámara y lo hace a partir de una pregunta básica: ¿qué grava exactamente Bienes Personales? La respuesta está en la propia ley: los bienes existentes al 31 de diciembre de cada año. Es decir, el impuesto toma una fotografía del patrimonio en una fecha determinada. Si el hecho imponible se configura ese día, antes de ese momento no existe todavía la obligación tributaria. Por eso, no parece razonable considerar evasiva una deci

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Publicación y fuente

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Fuente
El Cronista
Publicado
22/10/2026, 22:02:21
País
Argentina

El titular y el resumen proceden del editor. Lee la noticia completa en el sitio de origen.

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